29 de mayo de 2023
BOLETÍN LEGAL Y TRIBUTARIO
EL CONCEPTO DE HERENCIA, LEGADO Y DONACIÓN, EN EL MARCO DE UN CONVENIO DE DOBLE IMPOSICIÓN (MODELO OCDE), SE ENMARCA COMO “GANANCIA DE CAPITAL”
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, en Concepto 100202208–0525 del 26 de abril de 2023, unificó su posición doctrinal en relación con las rentas derivadas de herencias y legados. En algunos pronunciamientos, la entidad había determinado que estas rentas no estaban expresamente calificadas en los Convenios de Doble Imposición, por lo que se clasificaban como “otras rentas”. Ahora la entidad en Oficio reciente concluyó que estas se consideran “ganancias de capital” en los Convenios de Doble Imposición.
DEPENDERÁ DE CADA ACUERDO MUNICIPAL QUE LA FACTURA PUEDA SER UN ACTO DE DETERMINACIÓN O DE COBRO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
La Sección Cuarta del Consejo de Estado en Sentencia 2020-00319-01 expediente (27220) del 11 de mayo de 2023, se refirió a la facturación de impuestos en el marco del Impuesto de Industria y Comercio - ICA, recordando que en el ámbito de los tributos territoriales es necesario remitirse al respectivo acuerdo municipal, para identificar el método de determinación del impuesto que proceda. Esta será la forma de establecer si la factura efectivamente opera como acto de determinación o de trámite, sin embargo, cuando se trate de un acto de trámite los valores tendrán que haber sido declarados o determinados en actos oficiales preexistentes.
SANCIONES POR NO PRESENTAR EL FORMULARIO “BENNCHMARK SURVEY OF FOREIGN DIRECT INVESTMENT IN THE UNITED STATES - BE-12” DE EE. UU. QUE ESTÁ PRÓXIMO A VENCER
La Oficina de Análisis Económico (BEA) del Departamento de Comercio de Estados Unidos, se encarga de realizar el censo quinquenal para recopilar información sobre inversiones extranjeras en el país, por medio del formulario BE-12. Para este año, es obligatoria la presentación de esta información, so pena de incurrir en sanciones, para las empresas constituidas en EE. UU. cuyos accionistas o dueños sean personas naturales o jurídicas extranjeras y controlen directa o indirectamente por lo menos el 10% del capital o posean al menos el 10% de las acciones. Esto incluye establecimientos de comercio electrónico, asociaciones con bienes inmuebles para uso no personal y la obligatoriedad de las personas naturales o jurídicas extranjeras con al menos una propiedad inmobiliaria en ese país. El término para presentar esta información de manera presencial en la BEA es hasta el 31 de mayo del presente año. Si la compañía es usuario del sistema e-File de la BEA el término se extenderá hasta el 30 de junio para su presentación electrónica.
Las empresas no estadounidenses que operan en dicho país y cumplen con los umbrales establecidos también deben presentar el formulario BE-12.
SE EXTIENDE EL PLAZO PARA PRESENTAR Y PAGAR EL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO EN CALI
El Departamento Administrativo de Hacienda Pública de Cali, expidió lasResoluciones 4131.010.21.0383 y 4131.040.21.1.0275 del 19 de mayo de 2023, para que tanto grandes y medianos, como pequeños contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), puedan presentar y pagar sus respectivas declaraciones. Por lo tanto, se modificaron las fechas de presentación de la declaración del impuesto de Industria y Comercio para contribuyentes con ingresos menores a 32.998 UVT. Adicionalmente, se declaró desde el día 15 de marzo de 2023, la contingencia ocasionada por falla en el sistema para la declaración del Impuesto de Industria y Comercio, informando que la plataforma tecnológica de la Alcaldía de Cali se encontrará en funcionamiento a partir de este viernes 26 de mayo.
SOLO LAS AUDIENCIAS PENALES DE JUICIO ORAL VOLVERÁN A LA PRESENCIALIDAD OBLIGATORIA
La Sala Plena de la Corte Constitucional discutió la constitucionalidad del proyecto de Ley Estatutaria 295 de 2020 de la Cámara de Representantes y el proyecto de Ley 475 de 2021 del Senado de la República. Este cuerpo colegiado se reunió para acordar argumentos y dictar la Sentencia C-134 del 3 de mayo de 2023 en la cual se trató el tema de la presencialidad obligatoria y exclusiva en las audiencias penales de juicio oral, sin embargo, la magistrada Natalia Ángel Cabo, solicitó la ampliación del término por 30 días para la expedición y firma de la Sentencia.
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