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BOLETÍN INFORMATIVO No. 39

14 de diciembre de 2023


BOLETIN LEGAL Y TRIBUTARIO


BANCO DE LA REPÚBLICA AMPLÍA PLAZOS

 

El Banco de la República emitió el Boletín No. 45 del 9 de noviembre de 2023 por medio del cual amplía el plazo para la transmisión de los informes de cuentas de compensación de los meses de octubre y noviembre de 2023.

 

El nuevo plazo otorgado es el siguiente:

 

-Reporte de octubre: Hasta el 29 de diciembre de 2023.

-Reporte de noviembre: Hasta el 31 de enero de 2023.


CORTE CONSTITUCIONAL DECLARA LA INEXEQUEBILIDAD DE ALGUNOS ARTICULOS DE LA REFORMA TRIBUTARIA – LEY 2277 DE 2022

 

Por medio del comunicado oficial No. 51 del 5 de diciembre de 2023 , la Sala Plena de la Corte Constitucional dio a conocer reciente fallo, en el cual se declaró inexequible el inciso 2 del numeral 2 del artículo 905 adicionado por el inciso 2 del artículo 42 de la ley 2277 de 2022 (Reforma Tributaria adelantada por el actual Gobierno Nacional) al considerar la Corporación que se generó un trato diferente y discriminatorio de manera injustificada a los topes aplicables de las personas que tienen como actividad económica los servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomina el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales (12.000 UVT) frente a quienes tienen como actividad económica la educación y actividades de atención a la salud humana (100.000 UVT).

 

La decisión de la Corte de declarar inexequible el inciso 2 del artículo 42 de la Ley 2277 de 2022 (reforma tributaria 2022) deja como consecuencia la reviviscencia (resurrección) del numeral 3 del artículo 42 de la Ley 2155 de 2021 (Reforma Tributaria 2021) por lo que las tarifas se modifican quedando de la siguiente manera:

 

3. Servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales:

LA DIAN NO PUEDE CERRAR UN ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO POR PREFIJOS EN LAS FACTURAS

 

La Sección Cuarta del Consejo de Estado en sentencia con expediente No. 25000233700020180050801 (26285) del 27 de abril de 2023, explicó que no aplica la sanción de clausura de establecimiento de comercio por incluir ceros adicionales en los números consecutivos de las facturas. En este caso, la entidad demandante no cambió la disposición de los dígitos que conforman el consecutivo autorizado por la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales – DIAN, sino que adicionó tres ceros a la izquierda con el fin de llevar una mejor organización interna.


DIAN REALIZA CUARTA ADICIÓN AL CONCEPTO GENERAL SOBRE AUTORRETENCIÓN Y RETENCIÓN EN LA FUENTE DEL IMPUESTO DE RENTA DE LAS PERSONAS JURÍDICAS CON MOTIVO DE LA LEY 2277 DE 2022

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, mediante Concepto 1187 del 28 de noviembre de 2023, realizó una adición al concepto general sobre autorretención y retención en la fuente del impuesto sobre la renta de las personas jurídicas, en el que aclara que las tarifas de autorretención y retención son aplicables desde el 1 de marzo de 2023, teniendo en cuenta que el Decreto 261 fue publicado en el Diario Oficial No. 52.318 del 24 de febrero del mismo año.


EMPRESARIOS PODRÁN ACOGERSE A ALIVIOS TRIBUTARIOS AL CONTRATAR A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA

 

El Ministerio de Trabajo por medio de un comunicado de prensa del 5 de diciembre de 2023, junto con el Gobierno Nacional y La DIAN en alianza con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, promoverán la igualdad de género para reconocer e incentivar tributariamente a las empresas que contraten mujeres víctimas de violencia. La deducción que se pretende será del 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagadas durante el año o periodo gravable.

 

DIAN FIJARÍA LOS REQUISITOS PARA LA CANCELACIÓN DE OFICIO DE LA INSCRIPCIÓN DEL RUT POR INACTIVIDAD TRIBUTARIA

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, publicó un proyecto de resolución del 5 de diciembre de 2023 en la que fijaría los requisitos y las condiciones para la cancelación de oficio de la inscripción del Registro Único Tributario (RUT) por inactividad tributaria. Según el documento, los sujetos susceptibles a esta cancelación deberán cumplir varios requisitos.

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