Marzo 3 de 2022
POR MEDIO DE LA RESOLUCIÓN No. 28 DEL 28 DE FEBRERO DE 2022, LA DIAN AMPLIÓ EL PLAZO PARA LA GENERACIÓN Y TRANSMISIÓN DEL DOCUMENTO SOPORTE DE PAGO DE NÓMINA ELECTRÓNICA
• Para empleadores no obligados a expedir factura electrónica. Deberán generar y transmitir por primera vez el documento soporte de pago de nómina electrónica correspondiente al mes de junio de 2022, los primeros 10 días hábiles del mes de julio de 2022. (Art.1).
• Para empleadores que tienen a su cargo entre 1 y 10 empleados. Deberán generar y transmitir por primera vez el documento soporte de pago de nómina electrónica correspondiente a los meses de diciembre de 2021, enero y febrero de 2022 de forma independiente dentro de los 10 primeros días hábiles del mes de mayo de 2022, y los meses de marzo y abril durante los 10 primeros días hábiles del mes de junio de 2022. (Art. 2).
HABILITAN FORMULARIO 110 PARA EL AÑO GRAVABLE 2021
Mediante Resolución No. 000026 del 23 de febrero de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN habilitó el Formulario No. 110 para la presentación de la Declaración de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes, o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar.
HABILITAN FORMULARIO 210 PARA EL AÑO GRAVABLE 2021
Mediante Resolución No. 000025 del 16 de febrero de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN habilitó el Formulario No. 210 para que los contribuyentes obligados a presentar la Declaración del Impuesto sobre la renta y complementarios que sean personas naturales y asimiladas residentes, sucesiones ilíquidas de causantes residentes y bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones o asignaciones modales contemplados en el Estatuto Tributario, cumplan con la obligación formal.
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