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BOLETÍN INFORMATIVO No. 7

Marzo 29 de 2022


VENCIMIENTOS DE OBLIGACIONES DE CARÁCTER LEGAL Y TRIBUTARIO PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS (31 DE MARZO DE 2022)


1. Renovación de la matricula mercantil, conforme lo establecido en el artículo 33 del Código de Comercio.


2. Actualización de la información inscrita en el Registro Nacional de Bases de Datos, la cual deberá ser realizada por los responsables de Tratamiento de conformidad con lo establecido en el Decreto 090 del 18 de enero de 2018, es decir, sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).


Dicha actualización deberá realizarse siempre que se hayan presentado cambios sustanciales relacionados con los fines de la base de datos, el encargado del tratamiento, los canales de atención al titular, la clasificación o tipos de datos personales almacenados en cada base de datos, las medidas de seguridad de la información implementadas, la Política de Tratamiento de la Información y la transferencia y transmisión internacional de datos personales.


3. Actualización de la información del registro web de entidades calificadas en el Régimen Tributario Especial, de acuerdo con el inciso tercero del artículo 364-5. Ahora bien, según el artículo 1.2.1.5.1.9 del DUR 1625 de 2016, el concepto de actualización también comprende actualizar la calidad de contribuyente perteneciente al RTE en el RUT a que se refiere el artículo 356-3 del ET, la cual se efectúa con la presentación de la declaración de renta como contribuyente del RTE, y las entidades que hayan obtenido ingresos superiores a 160.000 UVT en el año inmediatamente anterior, adicionalmente deberá enviarse a Dian una memoria económica sobre la gestión, incluyendo la manifestación del representante legal y el revisor fiscal en la cual se acompañe la declaración de renta en la que conste que durante el año al cual se refiere la declaración se han cumplido todos los requisitos exigidos por la ley.


4. Solicitud para acceder a los beneficios otorgados por los artículos 46, 47 y 48 de la Ley 2155 de 2022 para los contribuyentes que tengan procesos abiertos tanto en vía administrativa como judicial en materia tributaria, aduanera y cambiaria, tales beneficios corresponden a la conciliación contencioso administrativa, terminación por mutuo acuerdo y aplicación del principio de favorabilidad en etapa de cobro.


MEDIANTERESOLUCIÓN No. 00037 DEL 17 DE MARZO DE 2022 LA DIAN MODIFICA LOS PLAZOS PARA SUMINISTRAR INFORMACIÓN AL RUB


La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales profirió la Resolución No. 000037 del 17 de marzo de 2022, a través de la cual se modifican los plazos para suministrar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales - RUB y la inscripción en el Sistema de Identificación de Estructuras Sin Personería Jurídica - SIESPJ. De igual forma se modifica el numeral 4 del artículo 4 de la Resolución 000164 de 2021 (Obligados a suministrar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales - RUB).


DIAN EXPIDE PROYECTO DE RESOLUCIÓN POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTARÁ EL ARTÍCULO 616-5 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO


Mediante proyecto de resolución publicado el 24 de marzo de 2022, la DIAN busca reglamentar la determinación oficial del Impuesto sobre la renta y complementarios mediante facturación, consagrado en el artículo 616-5 del E.T. adicionado por el artículo 14 de la Ley 2155 de 2021. Mediante este acto administrativo se pretende establecer la definición de la factura del Impuesto sobre la renta, su implementación, los sujetos, las fuentes de información, cómo se notifica, su divulgación, aceptación y procedimiento en caso de no aceptación.

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